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  • Juan Oswaldo Martínez

Concepto 20436/2017 DIAN: Criptomonedas e impuesto de renta.


La DIAN ha considerado que las criptomonedas representan un valor patrimonial que afecta los ingresos y por lo tanto se tienen en cuenta para la determinación del impuesto de renta.

 

Las criptomonedas, como hemos sostenido en otros artículos, son activos intangibles que pertenecen al género jurídico de los bienes inmateriales; también tienen un valor en el mercado que impone su comerciabilidad y genera efectos patrimoniales cuantificables.


Teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 9 del Estatuto Tributario las personas naturales, residentes y no residentes en Colombia: "Las personas naturales , nacionales o extranjeras, residentes en el país ..., están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios en lo concerniente a sus rentas y ganancias ocasionales, tanto de fuente nacional como de fuente extranjera, y a su patrimonio poseído dentro y fuera del país."


Así mismo, las personas jurídicas, según el artículo 12 del Estatuto Tributario, así como las demás sometidas al impuesto de renta: "...son gravadas, tanto sobre sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional como sobre las que se originen de fuentes fuera de Colombia."


Por lo anterior, las criptomonedas constituyen un valor patrimonial que al cambiar de titular o propietario, generan un aumento en sus ingresos y por lo tanto causan efectos tributarios como el de influir impuesto de renta; con fundamento en ello la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ha considerado que las criptomonedas representan un valor patrimonial que se tiene en cuenta para la determinación del impuesto de renta.



Entonces, cualquier ingreso producido en criptomonedas como derivado de la minería, compra-venta, trading, entre otras, generará efectos tributarios que variarán dependiendo de la persona natural o jurídica que tenga el ingreso y de otras variables definitivas para cada caso.


Con todo, la clave para la generación de un impacto sobre el impuesto de renta está en que los ingresos obtenidos sean susceptibles de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción, considerando los costos y gastos en que se incurre para producirlos.

 

El Estado colombiano no ha definido una interpretación unificada de las normas aplicables a las criptomonedas como activos digitales o activos intangibles entre las diferentes entidades que regulan algún aspecto relevante de las mismas.

 

A pesar que el Estado colombiano no ha definido una interpretación unificada de las normas aplicables a las criptomonedas como activos digitales o activos intangibles entre las diferentes entidades que regulan algún aspecto relevante de las mismas, lo claro es que la base legal de las criptomonedas existe más allá de las regulaciones específicas que sean necesarias para efectos concretos de negocio, protección del público o reducción del riesgo de LA/FT.


Finalmente, resulta fundamental para todo emprendimiento, negocio o aceptación de medio de pago en criptomonedas la comprensión del ecosistema legal que puede influir en la viabilidad de los mismos o reducir el impacto negativo de efectos imprevistos en la aplicación de normas venideras o decisiones administrativas.


A continuación, el texto del Concepto 20436 de 2017 emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN):

 

Autor: Juan Oswaldo Martínez

Correo: juan@iure.co - Twitter: @juan_os - Web: www.iure.co

Abogado, Universidad Externado de Colombia

Especialista en Derecho de Autor, Propiedad Industrial y Nuevas Tecnologías, U. Externado de Colombia.

Especialista en Derecho Tributario, U. Externado de Colombia.

Magíster en Derecho Administrativo, U. Externado de Colombia.

MasterTrader en cryptocurrencies entrenado por Udetraders.com

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